Para la justicia, alquilar un depósito como vivienda es legal
En muchos casos de comunidades, consorcios o edificios se ponen en alquiler habitaciones, anexos y superficies que, en principio, estaban destinados a depósito o guardamuebles.
En un reciente fallo, la Justicia entendió que alquilar este trastero o habitación no constituía una violación legal por parte de una comunidad o consorcio.
El Tribunal Supremo de Madrid, Sala Civil, entendió que no había razones para hacer lugar al pedido de una mujer que había demandado a una comunidad de propietarios de Majadahonda.
La demandante llevó a juicio al consorcio de propietarios porque estos permitieron que se alquilara a terceros los trasteros o habitaciones anejas a las viviendas.
La demandante había argumentado que esta renta del trastero violaba la Ley de Propiedad Horizontal y el artículo 396 del Código Civil.
El párrafo primero del artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que “al propietario y al ocupante del piso no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los Estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.
Sin embargo, el juez entendió que “el arrendamiento de los cuartos trasteros como viviendas o apartamentos independientes a terceras personas para que residan en los mismos, no puede considerarse, como pretende la apelante, que haya sido permitido por la comunidad, y menos que con esta actividad se respeten las normas de convivencia indispensables para la buena marcha de la misma, como terminantemente expresa el citado acuerdo”.
Al margen de esta sentencia, te recomendamos ir al Registro Catastral o de la Propiedad cuando vayas a rentar un inmueble. Además, leer bien el contrato de alquiler que firmas, sobre todo si la habitación o casa que vas a rentar forma parte de un consorcio. Si eres propietario, te aconsejamos leer la Ley de Propiedad Horizontal, para evitar trastornos judiciales.
Discriminación laboral: conoce qué debes denunciar
La discriminación en el lugar de trabajo está sancionada por la normativa española, pero continúa ocurriendo.
Esta distinción puede darse por cuestiones de género (las mujeres, por ejemplo, ganan menos dinero que los hombres a igual puesto laboral), por raza, etnia, contextura física, entre otros casos.
De hecho, la Inspección General de Trabajo y de Seguridad Social pretende aumentar en un 40% la cantidad de actuaciones de supervisión contra la discriminación sexual para 2010, según publica el diario El Mundo.
No obstante, el trabajador puede actuar legalmente ante una situación de discriminación y denunciar al empleador ante el Ministerio de Trabajo o ante el Ministerio de Igualdad.
La prohibición de discriminar está prevista en la constitución y en la Ley Orgánica 3/2007, para la Igualdad Efectiva de mujeres y hombres.
Asimismo, el artículo 8 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, prevé que la empresa o empleador no puede discriminar a un empleado por una discapacidad, por cuestión de sexo, origen, etnia, estado civil, religión u orientación sexual, entre otras.
Además, sanciona como grave el acoso sexual y por todos los tipos anteriores, tanto por acción como por omisión. Esto implica que se castiga al empleador que, a sabiendas de que un empleado suyo está siendo discriminado (por ejemplo, por otro trabajador), no hace nada para impedirlo o terminarlo.
Entonces, ¿qué debes hacer? Si te encuentras en una situación de desigualdad como la que establecen las distintas leyes, consulta a un abogado laboralista. Entre tanto, puedes chequear la clasificación de los tipos de discriminación que prevé el Ministerio de Igualdad y consultar telefónicamente a distintos números gratuitos.
Cómo te afectarán la subida del IVA y los cambios en IRPF
El Gobierno decidió subir un punto el impuesto al valor añadido (IVA) reducido y el IVA general. Además, suprimió la deducción de 400 euros en el impuesto a la renta de personas físicas (IRPF) y aumentó el tributo para los ahorros hasta el 21%.
Las quejas de partidos políticos y asociaciones gremiales ya comenzaron a oírse.
Lo importante que debes detectar es: ¿cómo te afectará a ti en la vida diaria?
Pues bien, pagarás más impuestos en las operaciones que no tienen otro componente impositivo: el IVA general subirá al 18%. También pagarás más del IVA reducido: esto es, vivienda, transportes, espectáculos, alimentos (excepto la canasta básica que entra en el súper reducido, como el pan y los huevos). Este último impuesto se mantendrá en el 4%.
Es probable que también veas un aumento de lo que pagas en el mantenimiento de tu cuenta bancaria, o los seguros, ya que esta el Gobierno ha dispuesto aumentar los instrumentos del ahorro, que ahora serán del 19%, si ganas hasta 6000 euros. Si ganas más, pagarás hasta un 21%.
Según un informe de los técnicos Ministerio de Economía y Hacienda (Gestha) y publicado por El Economista, la medida gubernamental afectará sobre todo a quienes ganen menos de 30 mil euros anuales, es decir, pensionistas, autónomos, mileuristas.
Por otro lado, la supresión de la deducción de los 400 euros del IRFP implicará más ingreso fiscal. Según Gestha, afectará principalmente a los españoles cuya renta anual es menor a 60 mil euros.
Para los sindicatos, la subida de impuestos afectará las rentas de trabajo, según informa la agencia EFE.
Guía fácil para entender la incapacidad temporal
¿Tuviste un accidente de trabajo y no sabes exactamente cuántos días te corresponden por la incapacidad temporal (IT)?
¿Tienes un trabajo a tiempo parcial y quieres saber cuál es la prestación que te corresponde?
¿Estabas enfermo o con licencia por IT y te despidieron?
¿Eres autónomo, prestabas un servicio, tuviste un accidente laboral, iniciaste un período de IT y te extinguieron el contrato de trabajo?
Para responder todas estas preguntas y otras tantas más, el Instituto Nacional de la Seguridad Social puso en línea un instructivo sobre las características de la IT, beneficiarios, prestaciones, regímenes especiales, prórroga de la IT y demás cuestiones relacionadas.
Algunas situaciones, como tener IT y al regresar que tu empleador te niegue las vacaciones, han llegado a la Justicia, como comentamos anteriormente.
Para sacar tus dudas, puedes consultar la guía desde aquí.
Cómo evitar el fraude en alquileres por internet
La asociación Facua-Consumidores en acción ha denunciado una serie de intentos de estafa que circula en avisos clasificados en distintos portales de internet.
Según la denuncia, se promete engañosamente el alquiler de una vivienda y se exige el pago adelantado, antes de visitar el piso.
El fraude se realiza de manera online, ya que los estafadores presentan precios muy atractivos y sólo ofrecen como contacto una casilla de correo electrónico.
El fraude consiste en exigir el pago adelantado o envío de remesa de dinero. “Sin embargo, la empresa que mencionan no ofrece dicho servicio ni los anunciantes son propietarios de la vivienda, siendo los propios estafadores los que recibirían directamente las cantidades exigidas”, explica Facua en un comunicado.
Para evitar este tipo de fraude, los especialistas recomiendan:
• No enviar dinero adelantado sin antes tomar contacto personalmente con el supuesto propietario: pedirle dirección, teléfono y móvil.
• Visitar, en lo posible, el inmueble a arrendar.
• Consultar los datos del inmueble en el Registro de la Propiedad y cotejarlos con quienes dicen ser los dueños.
• Evitar envío de remesas: es preferible hacer una transferencia bancaria, puesto que las entidades financieras dan un plazo para revocarlas.
Si tienes alguna duda para verificar los datos del inmueble o del propietario, siempre es preferible asesorarte. También, puedes consultar a tu abogado antes de firmar el contrato de alquiler.
IRPF español: uno de los más altos de la UE
España está décima en un ranking que compara los valores del impuesto a la renta de las personas físicas en la Unión Europea. Sin embargo, las pujas por subir aún más este impuesto enfrentan al Gobierno con algunas organizaciones, como la Fundación Española de las Cajas de Ahorro (Funcas) y el Instituto de Estudios Económicos de Madrid (IEE).
Mientras el Gobierno analiza subir este impuesto, un estudio de Eurostat publicado por el IEE mostró que España se ubica en el puesto número diez de un ranking de la UE-27 que compara los gravámenes.
Así, el IRPF representó uno de los tipos máximos o más altos de la comunidad europea.
Las naciones con IRPF más alto son Dinamarca, Suecia, Bélgica y Finlandia.
Entre tanto, el Congreso rechazó un proyecto del Partido Popular para aumentar la deducción de este gravamen para quienes adquieran una vivienda.
“El PP abogaba por elevar del 15% al 20,05% el tipo de la deducción por compra o rehabilitación de la vivienda habitual y aumentar hasta 10.000 euros la cantidad tope a desgravar, desde los 9.015 euros actuales, lo que supondría un ahorro medio de 840 euros al año en la compra de vivienda habitual”, señala la agencia Europa Press.
¿Qué opinas tú? ¿Crees que debe elevarse este impuesto?
Parados: el Congreso dio luz verde para ampliar la protección social
Los diputados convalidaron el Real Decreto que regula el Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción. Así, se amplía la protección para los desempleados que agotaron sus prestaciones.
Según informó el Ministerio de Trabajo, la medida implica una ayuda de 420 euros mensuales por seis meses para aquellas personas que se han quedado sin trabajo.
Si quieres saber si puedes acceder a la ayuda social, fíjate aquí sobre los requisitos. Si no has agotado las prestaciones por desempleo, no podrás acceder a esta protección.
Si eres menor de 30 años, puedes chequear esta nota, en la que habíamos hablado sobre las prestaciones para jóvenes sin empleo que quieran convertirse en autónomos.
En 2010, todos los registros civiles estarán online
Así lo anunció el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, y remarcó que los 431 registros principales estarán plenamente informatizados.
La iniciativa forma parte del programa Plan Avanza y de un proyecto de ley que será remitido prontamente a las Cortes Generales.
En este sentido, el objetivo de la informatización permitirá al ciudadano efectuar más trámites en línea, indistintamente del lugar donde haya efectuado una solicitud.
El funcionario definió el plan como “un registro civil de servicios, gestionado en red y que permitirá el acceso telemático de todos los ciudadanos”.
Así, los ciudadanos podrán sumar más opciones a las que actualmente hoy posee la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Actualmente, se pueden bajar modelos de solicitud para certificados de matrimonio, de nacimiento, de defunción, e incluso presentarlos en línea y conocer el valor de las tasas.
También se puede consultar por internet el estado de solicitud de la nacionalidad española por residencia, entre otros servicios. Lo mismo ocurre con certificados de contratos de seguro de cobertura por fallecimiento, aunque, en este caso, el trámite se completa de manera presencial.
Si tienes dudas, te recomendamos consultar a un abogado de confianza antes de iniciar los trámites.
El Gobierno prevé tener lista la digitalización de los registros civiles para el primer semestre de 2010.
Viviendas: ¿es momento de comprar?
La respuesta a la pregunta es depende: con la crisis económica, han surgido oportunidades en viviendas. Asimismo, el Gobierno ha lanzado algunos créditos del ICO que pueden interesar. Por otro lado, el aumento del desempleo ha frenado algunas operaciones, como las de compraventa.
El mercado hipotecario
Para responder la pregunta, veamos dos análisis inmobiliarios: ambos indican que los precios de las viviendas cayeron y seguirán en baja.
Según el anuario estadístico del mercado inmobiliario de R.R. Acuña & Asociados, el precio de los pisos continuará en caída al menos dos años más. Para el informe, que recoge el diario El Economista, el abaratamiento de los pisos llegará al 9,55% este año y al 9,32% en 2010.
Según este análisis, en España hay un stock de 1,7 millón de viviendas sin vender.
Por otro lado, otro análisis observa la caída de los precios de los pisos. Para el Índice de Mercados Inmobiliarios Españoles (IMIE) publicado hoy por Tasaciones Inmobiliarias (TINSA), el precio de la vivienda libre bajó un 8,9% en agosto y, respecto de diciembre 2007, alcanzó un descenso del 14%. Sin embargo, para este informe la caída de los precios de hogares se está atenuando.
Según este índice, las viviendas que más se depreciaron fueron las de los municipios de la Costa Mediterránea.
En este sentido, si tienes un dinerillo para invertir, puedes aprovechar la caída. Sin embargo, la mayoría de los españoles ha frenado sus inversiones, al menos en operaciones inmobiliarias, como lo indican los resultados de la Estadística Registral Inmobiliaria del Colegio de Registradores.
Según este informe, las compraventas de viviendas registradas bajaron en el segundo trimestre de este año. Así, este año se inscribieron un 33,93% menos de compraventas que en el mismo período de 2008.
Cambios en la ley sobre incapacidad temporal
El Consejo de Ministros aprobó una serie de cambios en la normativa que regula las comunicaciones y aportes de la seguridad social en relación a la incapacidad temporal.
En síntesis, el Real Decreto establece que la comunicación de los servicios públicos de salud de cada comunidad autónoma debe hacerse al año pero además, para evitar falencias en la coordinación, que las entidades gestoras sean quienes abonen la prestación, que hasta entonces pagaba la empresa.
Por otro lado, el decreto establece un proceso de reducción de las de aportaciones empresariales a la Seguridad Social por los trabajadores afectados por enfermedades profesionales en un grado que no dé origen a prestación económica (enfermedad profesional sin baja).
En este sentido, la normativa acompaña que esos empleados sean destinados en la misma empresa a puestos de trabajos alternativos y compatibles con su estado de salud, o realicen otra tarea en un trabajo compatible con su estado. Esta medida intenta evitar el despido o la expulsión del mercado de trabajo de estas personas y evitar el avance de la enfermedad.
Puedes leer más sobre este Real Decreto aquí.


