Ayudas para viajar: descuentos en transporte
Hay algunas opciones para quienes deban viajar dentro de estas grandes ciudades. Estos subsidios y descuentos están orientados a mayores, niños, familias numerosas y jóvenes.
En Barcelona, por ejemplo, desde el año pasado rige una se trata de una medida para familias numerosas (más de cinco hijos o cuatro, si alguno padece una minusvalía). Así, estas familias tendrán descuentos de entre 20% y 50%, en este último caso, para familias numerosas. Se aplican en las tarjetas de transporte T-mes, T-familiar, T-joven y en el billete sencillo. Puedes solicitar esta tarjeta en los centros de atención al ciudadano de la ciudad.
También hay beneficios para los niños: la tarjeta T-12 es un pase de transporte para niños y niñas de 4 a 12 años que les permite hacer gratuitamente ilimitados viajes en la red de transporte público del sistema tarifario integrado, dentro de la misma zona tarifaria de residencia del pequeño. La tarjeta t-12 es personalizada con el nombre y el DNI, que debe validarse en cada viaje y sólo puede ser usada por su titular.
En Renfe también puedes solicitar estas ayudas (familias numerosas y niños), como indica la empresa aquí.
Por otra parte, Madrid ofrece el carné joven, destinado a residentes en Madrid Provincia, de entre 14 y 30 años. El carné sirve para disfrutar de descuentos en diferentes servicios. Eso sí, sale 4 euros y debes llenar una solicitud. En el caso de transportes, ofrece descuentos de entre 10 y 35% en distintas líneas de transporte (bus y trenes).
Para los mayores de 65 años también hay beneficios en el transporte, con tarifas reducidas para quienes acrediten condición de jubilados, por ejemplo. Es el caso de Alicante Bilbao, Sevilla, Castellón, Córdoba, Cuenca, con descuentos para viajar en transporte público. Se puede acceder a las tarifas diferenciadas en los centros de atención al consumidor de cada ciudad.
En Madrid, por ejemplo, se puede adquirir el bonotet magnético (Bono de Transportes de la EMT para Mayores), un carné para viajar con descuento en los autobuses. Se solicita en el Ayuntamiento de Madrid.
En Alava, por poner otro caso, se puede solicitar el Bono Taxi, destinado a personas con minusvalía que se encuentren afectadas por pérdidas funcionales o anatómicas de al menos un 33% (y por ende sea muy difícil usar el transportes públicos).
Si has tenido algún inconveniente con la solicitud de los descuentos (o te los han negado injustamente), comunícate con nuestros asesores.
Dónde conseguir un empleo para el verano
Según estadísticas oficiales, el verano es un mal momento para conseguir un trabajo. No obstante, si estás buscando empleo temporario o se te acaba el cobro del paro, es una oportunidad.
Si bien la crisis ha menguado las posibilidades, la Comisión Europea destacó una leve recuperación en los empleos temporales.
La estación estival es propicia para conseguir un puesto temporal, sobre todo si no tienes mayores exigencias.
Los sectores de hostelería, el turismo y el ocio son los que registran más demanda de trabajo en verano: allí puedes emplearte como camarero, cocinero, recepcionista, guía de viajes, promotor en agencias de turismo, animador sociocultural.
También hay oportunidades en ventas en supermercados, atención al cliente en parquees temáticos o como monitor de tiempo libre.
Si quieres viajar, consulta las páginas de los cruceros. Los hipermercados suelen contratar también cajeros, repositores y vendedores para cubrir licencias por vacaciones.
En este blog puedes consultar las agencias de trabajo temporal disponible. Asimismo, el Ministerio de Trabajo tiene disponible un listado según la provincia o Comunidad Autónoma, para facilitar la búsqueda. Y te aseguras de que la empresa esté registrada como ETT.
Por otra parte, la Cámara de Comercio de España tiene un portal propio para buscar empleo (temporal y permanente).
También la Asociación Empresarial de Agencias de Viaje tiene una bolsa laboral.
El Consejo Económico y Social suele tener algunas búsquedas, un poco más especializadas, como abogados, técnicos, etcétera.
Finalmente, la Comisión Europea también ofrece un portal (donde debes registrarte) para buscar trabajo.
Compra de coche con Plan 2000E: deberás declararlo en el IRPF
Si has comprado un automóvil o motocicleta en este plan ofrecido por el Gobierno (para adquirir un coche), deberás declararlo en el IRPF como ganancia patrimonial y tributar en la campaña de renta 2009, que vence el 30 de junio.
Según el Registro de Economistas Asesores Fiscales, deberás pagar unos 500 euros de esa ayuda pública se integrará como un tributo que se suma a la tarifa general.
“El Plan 2000E tiene por objeto la concesión de ayudas directas para la adquisición de vehículos M1 (Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros) y N1 (Vehículos cuya masa máxima no supere las 3,5 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de mercancías). Las ayudas se aplicarán para la adquisición de vehículos nuevos o de segunda mano de hasta 5 años de antigüedad, y que su monto no supere los 30.000 euros”, señala el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
El programa preveía ayudar con descuentos a quienes quisieran comprar un vehículo. El primer descuento lo hacía directamente el concesionario. El segundo, que oscilaba en una reducción de 500 euros, (más otros 500, según la Comunidad Autónoma) era para el comprador del coche.
En la normativa no quedaba claro que luego esto tributaría en el IRPF, ya que se considera al vehículo como una ganancia patrimonial.
De hecho, ya hubo denuncias de parte de la organización de consumidores OCU por este tema.
Divorcio internacional: ahora será más sencillo
Un acuerdo suscrito por España y otras 13 naciones de la Unión Europea permitirá que tú y tu pareja (si son de distintos países) puedan optar por cuál legislación regirá en caso de que se separen y se rompa el contrato matrimonial (divorcio).
Según el Parlamento Europeo, las ventajas es que las “parejas de distinta nacionalidad, que viven en diferentes países de la UE o que viven juntos en un país distinto de su país de origen” puedan elegir qué ley se aplica si deciden separarse, siempre y cuando sea la norma de un país con el que tienen una vinculación estrecha residencia de larga duración o nacionalidad, por ejemplo.
Los países que suscribieron el convenio son: Austria, Bélgica, Bulgaria, Francia, Alemania, Hungría, Italia, Letonia, Luxemburgo, Malta, Portugal, Rumanía, Eslovenia y España.
Si la pareja no llega a acuerdo o no se decide por cuál ley regirse, la UE establecerá una serie de escalas. El primero será el predominio del lugar de residencia de los cónyuges al inicio del procedimiento.
IRPF y otros impuestos: ¿cuánto pagarás?
Hace poco, seis comunidades anunciaron un aumento del IRPF a las rentas altas, que se sumará con un alza de otros tributos, como el de transmisiones patrimoniales, que grava la compraventa de vivienda.
Si vives en por Cataluña, Baleares, Andalucía, Extremadura y Asturias pagarás más de estos gravámenes.
Te indicamos qué cambios impositivos habrá según las regiones:
-Cataluña: sube el IRPF para quienes presenten base liquidable mayor a 120.000 y otro tanto más si ganas más de 175.000 euros. Además, se prevé incrementar un punto el impuesto de transmisiones patrimoniales -que grava la compraventa de vivienda de segunda mano- para equipararlo al IVA, pasando del 7 al 8%. También se aumentará en dos décimas el impuesto de actos jurídicos documentados. Puedes chequear más información en Hacienda de la Generalitat.
-Andalucía: sube el IRPF para rentas superiores a 80.000 euros anuales. Se aplicará a partir de enero 2011. Los nuevos tramos en la tarifa autonómica del IRPF incluyen un 22,5% para bases liquidables de entre 80.000 y 100.000 euros anuales; del 23,5% entre 100.000 y 120.000 euros; y del 24,5% para más de 120.000 euros.
-Extremadura: habrá un incremento del IRPF a las rentas altas y en otros cinco impuestos. Extremadura creará cuatro nuevos tramos en el IRPF: “las rentas superiores a 60.000 tributarán al 43,5%, medio punto más que el actual tipo más altos del impuesto sobre la renta”, señala el diario Cinco Días. Quienes ingresen más de 146.000 anuales tributarán un 46%, tres puntos más de lo regido hasta el momento.
También subirá el impuesto de transmisiones patrimoniales (irá del 7 al 8%) para compraventa de casas de segunda mano de más de 240.000 euros. Aumentará del 1% al 1,15% el impuesto de actos jurídicos documentados y las tasas sobre el juego irán del 20% al 22%.
El impuesto sobre depósitos bancarios se incrementará un 15%.
-Baleares: sigue la misma línea de las anteriores. El parlamento balear aprobó una reducción de los sueldos públicos, mientras debate la subida del IRPF, que la dejará para después del verano, como indica Diario Baleares.
-Asturias: en la misma situación. El gobierno asturiano tiene un proyecto ya aprobado para subir el IRPF para bases liquidables de más de 100.000 euros, es decir, a las rentas más altas, según informa El Comercio Digital.
-Cantabria: tiene previsto una subida impositiva.
Ver el Mundial en el trabajo
Una encuesta de Monster.es mostró que site de cada diez españoles no están interesados en seguir la Copa del Mundo durante su horario laboral.
Sin embargo, si eres fan el fútbol, ten en cuenta que pueden sancionarte por mirar partidos durante el trabajo, sobre todo si lo haces sin permiso de tu jefe.
Si, por ejemplo, en tu empleo han dicho expresamente que no podrá disfrutarse de los partidos y tú lo haces igual, ellos pueden recurrir al despido disciplinario y echarte fundamentando causas objetivas de incumplimiento grave, como “la disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado” o la “indisciplina”.
Vemos poco probable que esto ocurra ya que el empresario deberá probar que se trata de un despido justificado. Deberá notificártelo por escrito. Luego, se verá si es procedente, improcedente o nulo.
Es probable que algunos empresarios antifútbol opten por sancionar al trabajador en vez de echarlo. Esto implica desde suspenderte, con consiguiente suspensión de tareas y salario proporcional, hasta trasladarte a otra oficina de la empresa.
No obstante, muchas empresas están incluyendo la opción de ver el Mundial en la oficina, para evitar el absentismo.
Reclamación por inclusión en lista de morosos
Según la Memoria de la Agencia de Protección de Datos (AEPD), en 2009 creció un 75% las denuncias por inclusión indebida en ficheros de morosidad y en listas de morosos. En otras palabras: tú quieres pedir un crédito y el banco te dice que no porque apareces en Asnef o en RAI, dos registros que llevan listados de ciudadanos que, por ejemplo, han dejado de pagar un servicio de telecomunicaciones y, entonces, figuran como morosos.
Muchas denuncias incriminan a empresas del rubro telecomunicaciones (telefonía móvil, servicio de conexión a Internet, por ejemplo), ya que no dan la información adecuada y el usuario, sin saberlo, pasa a integrar un listado negro. Si sales allí y te pilla el banco, probablemente no te den una extensión de hipoteca ni un préstamo.
Hay otros registros de morosos: estar en las listas implica tener determinado riesgo comercial, razón por la cual podrían negarte, por ejemplo, un crédito prendario.
¿Cómo me entero si estoy en los listados?
Los acreedores están obligados de informar a los deudores sobre el impago y que, en caso de continuar la deuda, sus datos podrían ser incluidos en un fichero de morosos
Esta obligación corresponde al responsable del fichero y debe realizarse en el plazo máximo de 30 días a contar desde dicha inclusión, informando al afectado de su derecho a recabar información sobre los datos recogidos en el fichero.
Me figura una deuda de hace nueve años. ¿Debo pagarla?
No. El dato registrado (un impago por ejemplo) no puede tener más de seis años de antigüedad, a partir de la fecha de inclusión del dato en el registro.
¡Aparezco en un listado y ya pagué la deuda!
Comunícate con el registro en el que apareces (por ejemplo, Asnef), te pedirán tu DNI y comprobantes de pago de la deuda registrada.
Si desconoces quién te ha metido en el registro de morosos, pide los datos del responsable del fichero en la Agencia Española de Protección de Datos.
El titular del fichero tiene 10 días para responder sobre tu solicitud de baja. Si no la recibes, reclama en la Agencia: puedes llegar a percibir una indemnización.
Tú estás amparado por la ley de protección de datos personales, que puedes leer aquí.
Seguro contra el impago del alquiler
Este es un post para los propietarios que tienen algún inmueble para arrendar o ya arrendado. Si tu inquilino no te paga o se retrasa con la renta, puedes acceder a un seguro contra impagos sin esperar sentencia judicial para percibir una compensación. La Sociedad Pública de Alquiler (SPA) presentó Alquiler Seguro, un seguro que permite al arrendador cubrirse en caso de que un inquilino deje de pagar su renta.
A diferencia de otros seguros, este te cubre en cuanto interpones la demanda por impago, y no se necesita esperar hasta la resolución del juez.
Esta pensado para propietarios de viviendas, sean particulares o empresas.
También cubre destrozos.
Lo interesante del producto es que no resulta tan caro, en comparación con otros: para un alquiler de 600 euros, el seguro tiene un coste de 23 a 24 euros por mes.
Requisitos
Para obtener el Alquiler Seguro, el propietario deberá presentar la documentación del inquilino que asegure la solvencia económica; es decir, el importe de alquiler que se puede asegurar no debe ser superior al 35% de los ingresos netos de la unidad.
Para solicitarlo, es necesario presentar el contrato de arrendamiento.
Si quieres calcular cuánto te costaría tener este seguro, puedes usar la simuladora de cuotas.
Me han echado, ¿qué debo hacer?
Si te han despedido, lee esta nota donde hablamos de despido procedente, improcedente, nulo y de cuánto dinero te corresponderá en tu indemnización.
Si bien el Gobierno estudia una reforma para ampliar las condiciones de un despido barato (de 33 días de salario por año trabajado en vez de 45), todavía rige el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, que indica que, si te echan sin causa, deben pagarte una indemnización de 45 días de sueldo por cada año trabajado, con prorrateo de meses y días, hasta un límite de 42 mensualidades.
¿Cuándo es improcedente?
Cuando no hay causas objetivas que justifiquen el despido: en estos casos, el empleador puede optar por echarte, pero pagando lo que dice el Estatuto. O puede reincorporarte. Esta decisión debe hacerla en un plazo de cinco días tras conocer la sentencia sobre el despido.
¿Cuándo es nulo?
“Será nulo el despido que tenga por móvil algunas de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la Ley, o bien se produzca con violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador”, señala el Estatuto.
Por ejemplo, si estás embarazada o si estás gozando de una licencia por de paternidad.
Me dicen que me han despedido: ¿qué hago?
El empresario debe comunicarte por escrito su rescisión de contrato. Tú debes firmar y poner al lado de tu firma “no conforme”, en caso de que no estés de acuerdo. Si no te lo comunica por escrito (o, por ejemplo, omite decir por qué te está despididiendo), la justicia puede considerar que el despido es nulo y obligar al empleador a readmitirte.
Si el empresario cumple con los requisitos de comunicártelo como corresponde, recuerda asesorarte con un abogado laboralista para conocer la cuantía de tu finiquito.
He llegado tarde varias veces al trabajo ¿es improcedente mi despido?
No; la inasistencia o llegada tarde reiterada puede dar lugar a apercibimientos y sanciones , aunque el despido es la última instancia. No obstante, el jefe puede alegar estas condiciones para efectuar un despido procedente.
Trabajo bajo un “contrato para fomento de contratación indefinida” ¿qué indemnización me corresponde?
Estos tipos de contratos fueron previstos para impulsar el empleo en jóvenes, discapacitados, mayores de 45 años y parados que llevan más de 6 meses sin ocupación.
En este tipo de contrato, la indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año de servicio.
En efecto, Zapatero evalúa extender el uso de este despido barato (de 33 días de sueldo por año de trabajo) a otros colectivos que hoy perciben la indemnización general (45 días).
Tengo un trabajo con un contrato temporal ¿qué cuántía recibiré?
Podrás recibir una indemnización a 8 días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación, salvo si es un contrato de interinidad o en prácticas. Esto aplica tanto para contratos de tiempo completo como parciales.


