Reducción del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social para contratos de formación
Resumen de las principales novedades para el fomento del empleo:
1.- Contrato para el aprendizaje y la formación.
- Se podrá formalizar con mayores de 16 años y menores de 25, sin título de la ESO (o aún teniéndolo, que carezcan de título universitario, de FP, o de certificado de profesionalidad).
- Temporalmente, y con fecha límite 31.12.2013, se podrá formalizar este tipo de contrato con mayores de 25 y menores de 30 años.
- La jornada laboral efectiva será el 75% de la jornada laboral completa en la empresa, debiéndose destinar el 25% restante a actividades formativas.
- Su duración será, como mínimo de 1 año, y como máximo de 2, pudiendo, si se ha optado por la duración mínima, hacerse una prorroga de 12 meses.
- Si con esta contratación se aumenta el empleo en la empresa, y además se trata de un desempleado, la empresa podrá beneficiarse de una reducción del 100% de las cotizaciones a la Seguridad social durante la vigencia del contrato. En caso de que la empresa tenga más de 250 trabajadores la reducción será del 75%.
- Se concede a este contrato de plena protección social.
- Si a la finalización del contrato, se convierte el mismo en indefinido y esta conversión supone un incremento del nivel de empleo fijo, la empresa tendrá derecho a una reducción en la cuota empresarial de Seguridad Social de 1.500 euros durante 3 años para los hombres y de 1.800 euros para las mujeres.
2.- Fomento para la contratación estable.
- Podrán transformarse con anterioridad al 31.12.2011, en contratos de fomento de la contratación indefinida, todos aquellos contratos temporales que se hayan celebrado antes del 28.08.2011.
- Podrán transformarse con anterioridad al 31.12.2012, en contratos de fomento a la contratación indefinida, todos aquello contratos temporales celebrados a partir del 28.08.2011 siempre que su duración no haya superado los 6 meses.
- Suspensión temporal de 2 años, desde el 31.08.2011 por aquellos que en determinados plazos y condiciones encadenen contratos temporales.
3.- Ayuda económica de 400 euros, se prorroga por otros 6 meses más.
4.- Fondo de Capitalización.
-Se prorroga hasta el 31.12.2013 el resarcimiento por parte del FOGASA, del pago de 8 días de salario por despido objetivo, aunque a partir del 1.12.2012 será solo de aplicación para aquellos que se consideren procedentes
Otros artículos
Cargando…
No related posts.
Los comentarios están cerrados.

Buscador
Calendarios Laborables
Etiquetas
alquiler Cataluña contratos crédito datos personales desempleo desocupación desocupados despido empleo escrituras fiscal hipoteca impositivo impuesto incapacidad temporal indemnización inmobiliaria interés IRPF jubilación laborales ley maternidad microempresas normativa nóminas paro paternidad pension prestaciones proyecto préstamos pymes seguridad social seguros y registros Sociedades, seguros y registros spam tasas telecomunicaciones trabajadores trabajo transmisiones patrimoniales tributos vivienda
WP Cumulus Flash tag cloud by Roy Tanck requires Flash Player 9 or better.

