Se restablece el Impuesto sobre el Patrimonio

Se ha publicado en el BOE del día 17 de septiembre de 2011, el Real Decreto-ley 13/2011 de 16 de septiembre, por el que se restablece el Impuesto sobre el Patrimonio, con carácter temporal.

El restablecimiento del impuesto tiene carácter temporal ya que se contempla exclusivamente en 2011 y 2012, debiéndose presentar las declaraciones de dichos años. Así pues, en el año 2012 se deberá presentar el impuesto sobre el patrimonio del ejercicio 2011, y en 2013 se deberá presentar el impuesto sobre el patrimonio del ejercicio 2012.

.-El mínimo exento de la vivienda habitual se amplía a 300.000 euros.

.-En el supuesto de obligación personal, la base imponible se reducirá, en concepto de mínimo exento, en el importe que haya sido aprobado por la Comunidad Autónoma.

.-Si la Comunidad Autónoma no hubiese regulado el mínimo exento, en el ejercicio de su capacidad normativa en la materia, la base imponible se reducirá en 700.000 euros.

.-Están obligados a presentar declaración los sujetos pasivos cuya cuota tributaria, determinada de acuerdo con las normas reguladoras del Impuesto y una vez aplicadas las deducciones o bonificaciones que procedieren, resulte a ingresar, o cuando, no dándose esta circunstancia, el valor de sus bienes o derechos, determinado de acuerdo con las normas reguladoras del impuesto, resulte superior a 2.000.000 euros.

.-Con efectos desde 1 de enero de 2013, se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio:

a) Sobre la cuota íntegra del impuesto se aplicará una bonificación del 100 por ciento a los sujetos pasivos por obligación personal o real de contribuir.

b) Se derogan los artículos 6, 36, 37 y 38 de dicha Ley.
Se dirige a un número «muy reducido de contribuyentes con una especial capacidad económica». En concreto, los afectados serán unos 160.000, los que superen el mínimo exento de 700.000 euros, y se prevé una recaudación de 1.080 millones de euros (600 de ellos en Cataluña y Madrid, mientras que Extremadura sólo recaudaría 3 millones).

El presente Real Decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado.

Otros artículos

Cargando…

No related posts.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos necesarios están marcados *

*

Puedes usar las siguientes etiquetas y atributos HTML: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>

Etiquetas

Articulos por meses