Maternidad: cómo puedes deducir impuestos
Si trabajas por cuenta propia o ajena y eres madre, tienes un beneficio: puedes descontar de tu declaración del IRPF hasta en 1.200 euros nuales por cada hijo menor de 3 años.
La Agencia Tributaria prevé una deducción impositiva en tu declaración anual de renta si tienes hijos –también adoptivos- siempre que estés dada de alta o en situaciones similares a la alta en la Seguridad Social.

El descuento es hasta los 3 años de cada hijo. (Gentileza Sylvar-CC)
“En los supuestos de adopción o acogimiento, la deducción se podrá practicar, con independencia de la edad del menor, durante los 3 años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil o durante los 3 años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare”, advierte la AEAT.
En cualquiera de los casos, deberás tener residencia en territorio español y que de forma legal, efectiva y continuada durante al menos los dos años anteriores al hecho del nacimiento o adopción.
Si te interesa este descuento, puedes solicitarlo en una filial de la AEAT o vía web. Para eso debes llenar el modelo de solicitud correspondiente.
Tips para entender la maternidad no contributiva
Esta prestación, conocida como “maternidad no contributiva” es un subsidio dirigido a trabajadoras por cuenta ajena o por cuenta propia que, en caso de parto, reúnan todos los requisitos establecidos para acceder al subsidio por maternidad, salvo el periodo mínimo de cotización exigido.
Es el caso, por ejemplo, de una trabajadora de entre 21 y 26 años (al momento del parto) que haya acreditado un trabajo en una empresa de al menos 90 días, previos al inicio del descanso por maternidad.
Si la mujer tiene más de 26 años, “el periodo mínimo de cotización exigido será de 180 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores al momento de inicio del descanso. Se considerará cumplido el mencionado requisito si, alternativamente, el trabajador acredita 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a esta última fecha”, según señala el Real Decreto 295/2009.
Así, tendrá derecho a 42 días por maternidad más otros 14 si es familia numerosa, familia monoparental o tiene hijos discapacitados.
Esta prestación está prevista para trabajadoras en relación de dependencia como autónomos o por cuenta propia.
Para 2010, la ley de Presupuestos Generales tiene previsto incrementar los montos: así, las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, riesgo durante el embarazo y otras prestaciones económicas ascenderán a 12.478,90 millones de euros.
Si te interesa conocer los detalles de la prestación, requisitos, cálculo de la prestación y demás detalles, te sugerimos visitar la web de Seguridad Social.
Por otro lado, si vives lejos de un centro urbano y necesitas ayuda, puedes consultar la web de la ONG Solidaridad Intergeneracional, que tiene mucha información y consultorio online.
Finalmente, amplían los permisos de paternidad
El permiso de ampliar la duración de días de paternidad en casos de nacimiento, adopción o acogida fue rubricado hoy y publicado en el boletín oficial.
De esta manera, los trabajadores que sean padres tendrán, desde el 1º de enero de 2011, cuatro semanas de permiso en vez de los 13 días que estaban previstos por la legislación.
Para casos de parto múltiple se darán dos días más por hijo a partir del segundo bebé.
Así, la nueva disposición establece que “la suspensión del contrato a que se refiere este artículo podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50 por ciento, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, y conforme se determine reglamentariamente”.
Esta suspensión del trabajo del padre es independiente de la licencia por maternidad.
En los casos de adopción o acogimiento, este disfrute de cuatro semanas será exclusivamente para uno de los progenitores.
Estos cambios quedaron previstos en la ley 9/2009.
Aumentaron las pensiones contributivas
Según datos del Ministerio de Trabajo, la nómina mensual de pensiones contributivas de la Seguridad Social ascendió en agosto a 6.465,56 millones de euros, un 6,6 % más que en el mismo mes de 2008.
Además, la pensión media para jubilados es de 856,31 euros, lo que representa un alza del 4,9% con respecto a agosto del año pasado.
Entre tanto, las prestaciones económicas por jubilación, por incapacidad permanente, por viudez, orfandad y pensiones para familiares se situaron en un promedio de 755,86 euros al mes, lo que implica un aumento interanual del 4,8 %.
Para consultar las características de los tipos de pensiones (por incapacidad, jubilación anticipada, jubilación parcial, etcétera), se puede revisar este documento.
Si necesitas iniciar los trámites para solicitar una prestación económica de otro tipo (por maternidad, paternidad, seguro escolar, incapacidad temporal, entre otras), puedes bajar los documentos desde aquí.
Todo sobre licencias por maternidad o paternidad
Si eres un trabajador y has sido (o tienes pensado ser) padre o madre, es importante que conozcas las novedades sobre los cambios en cuanto a licencias o permisos por maternidad y paternidad.
Desde su aplicación, la ley orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres ha puesto el acento en algunas situaciones para equilibrar ambos sexos en el derecho de igualdad de oportunidades en el empleo.
Este año se modificaron mediante algunas disposiciones que regulan las prestaciones económicas del sistema de la seguridad social por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.
Entre otros cambios, podemos mencionar, por ejemplo, un subsidio para trabajadores por cuenta propia que pasan a desempeñar su actividad a tiempo parcial.
Si tienes una familia numerosa, también hay cambios en la ley: se amplía el permiso por paternidad a 20 días cuando el nacimiento, adopción o acogimiento se produzca en una familia numerosa o cuando en la familia haya una persona con discapacidad.
En este sentido, también aumentan los días de licencia para las madres.
Si quieres saber más sobre los cambios en la ley puedes leer este artículo escrito por el abogado Miguel Ángel Pérez Villegas que especifica las modificaciones.
Para más detalles y estadísticas sobre la aplicación de la ley de igualdad puedes leer este informe.


