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Aumentan las consultas online

Una reciente encuesta elaborada por MAP & Asociados mostró que los servicios de asesoría jurídica y fiscal virtuales (en línea y por teléfono) han tenido un desempeño exitoso y que la modalidad seguirá en franco crecimiento.

El estudio, que brinda distintos servicios de asesoría online, recibe cerca de 20 consultas mensuales. Las proyecciones indican que esta cifra se duplicará en el primer trimestre de 2011.

Este sistema permite al cliente consultar sin moverse de su escritorio. Las consultas pueden efectuarse por correo electrónico y son respondidas de la misma manera o vía telefónica. De esta manera, la compañía ofrece tres servicios diferenciales, de bajo costo y adaptados a distintas necesidades.

Así, un usuario puede optar por Mail Express, una consulta legal o fiscal que es respondida por expertos en menos de 4 horas, por sólo 15 euros.

El Mail Económico brinda la misma asesoría pero en 24 horas y con un costo menor, apenas 12 euros.

Asimismo, el servicio de Voz Express permite formular consulta online pero recibir la respuesta de manera telefónica, con uno de los expertos de la compañía. La respuesta cuesta sólo 18 euros y es recibido por el usuario en menos de 4 horas.

Lo bueno de estos servicios, que están disponibles desde hace dos meses, es que pueden contratarse por internet en este enlace.

¿Qué se puede consultar?

La asesoría virtual tiene las mismas variantes de la consultoría tradicional, pero con algunas ventajas: es rápida, es económica (no necesita trasladarse ni tomar transporte), es sencilla. En este sentido, los temas de consulta abarcan todas las cuestiones jurídicas (derecho civil, laboral, mercantil, penal, etcétera), incluso temas de extranjería, registros de patentes y marcas, reclamaciones laborales, por citar algunos. Lo mismo ocurre con la asesoría fiscal y de empresas: asesoría tributaria, consolidación de balances, gestiones fiscales, constitución de sociedades, entre otras.Consulta online

Según los registros de MAP y Asociados, los temas más consultados hasta el momento son: asesoría para empresas que quieren reducir sus impuestos de forma legal; empleados con dudas sobre indemnizaciones; y temas relacionados con divorcios.

Para quienes tengan varias dudas, hay un servicio de abono por 10 consultas de asistencia jurídica online, tanto para profesionales como para empresas. Se llama Contrato 10 y permite hacer preguntas por email pero recibes la respuesta por teléfono, en cuatro horas máximo.

La consultoría online funciona porque genera una respuesta rápida a un problema concreto: se trata de una herramienta eficaz pero a la vez sencilla y económica. Usted, ¿utilizaría estos servicios?

Más beneficios fiscales para empresas

El Gobierno anunció un cambio en el Impuesto a Sociedades; según informa el Ministerio de Hacienda, la cartera elevará una modificación para ampliar hasta 2015 la amortización de nuevas inversiones que hagan las empresas.

Esto impactaría en las pequeñas y medianas empresas, pero también en las más grandes, ya que el proyecto contempla que cualquier empresa española decida el cronograma para amortizar sus inversiones hasta 2015.

¿En qué te beneficiará?

Esta medida implica reformar la Ley del Impuesto de Sociedades y generaliza este incentivo a todas las empresas. Hasta ahora, los empresarios debían pagar el impuesto según un calendario, definido por Hacienda en función de la declaración de renta.

Ahora, esta extensión de plazo para amortizar inversiones funcionará como deducción fiscal, ya que podrás organizarte para pagar menos en un ejercicio (y organizarlo según te convenga).

Eliminación del AJD

El presidente del Gobierno, José Luis Zapatero, anunció que eliminará de forma “permanente” el famoso impuesto a los Actos Jurídicos Documentados (AJD), que grava determinadas operaciones societarias. Esta eliminación alcanzará a pequeñas y grandes empresas (hasta ahora solo era para PYMES)

Aquí puedes leer más detalles del plan de Zapatero.

Ayudas para jóvenes emprendedores y pymes

Para 2011, habrá presupuesto en el Gobierno para colaborar con dos colectivos importantes: las pymes y los jóvenes emprendedores.

En efecto, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio incluyó dos planes para sostener el crecimiento empresarial y ayudar a jóvenes con proyectos propios.

Para las pymes, el ministerio prevé una ayuda enmarcada en el Plan de Crecimiento Empresarial: la idea es dar financiación pública y privada a las pequeñas y medianas empresas de rápido crecimiento. Se otorgará asesoramiento y apoyo integral para las pymes que se inscriban en este plan. El programa dispondrá de unos 1000 millones de euros.

En tanto, para la juventud habrá una línea de 20 millones destinada a financiar a quienes generen su propio negocio. El proyecto apunta a menores de 35 años que entre fin de 2009 y 2011 hayan creado o estén creando su negocio. Se trata de préstamos a 5 años de hasta 50 mil euros, con fondos de Enisa y del Ministerio. Esta iniciativa ya está en marcha y se han entregado algunos préstamos. Desde aquí puedes bajar un formulario de solicitud de la ayuda.

Si necesitas asesoramiento general o fiscal para armar tu propia empresa, consulta con nuestros expertos.

Beneficios fiscales para pymes y autónomos

Acaba de ingresar al Congreso una proposición de ley para reducir la morosidad en empresas medianas y pequeñas y también en los autónomos. La idea es compensar con incentivos fiscales y otras medidas a las pymes y ciudadanos autónomos para que paguen regularmente al fisco.

La proposición de ley prevé:

-Aumentar los incentivos fiscales al ampliar las pymes alcanzadas: esto es, modificar el artículo 108 del impuesto a Sociedades y ampliar el concepto de “empresa reducida”: serán beneficiadas las compañías cuya cifra de negocios neta en el período fiscal anterior llegue a los 12 millones de euros (en la actualidad son 8).

-Dar más plazo a autónomos y pymes para pagar IVA: los contribuyentes podrán retrasar el pago del IVA de las facturas pendientes hasta que éstas sean efectivamente cobradas, tal y como se ha permitido expresamente en la nueva redacción de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del IVA, en su última actualización del pasado 13 de julio. “el impuesto se devengará en el momento del cobro total o parcial del precio por los importes efectivamente percibidos”, dice la proposición.

-Finalmente, como medida adicional mes, la nueva línea de crédito ICO-morosidad Entes Locales prevista en la disposición adicional cuarta de la Ley 15/2010, de 5 de julio, con el fin de facilitar que el Instituto de Crédito Oficial otorgue liquidez a las empresas y a los autónomos con créditos pendientes con las Entidades Locales.

-Generar una línea más de crédito ICO: la propuesta prevé que en un mes (si es sancionada la norma) se instrumente una nueva línea crediticia ICO-morosidad Entes Locales, prevista en la Ley 15/2010, de 5 de julio.

Esta propuesta tiene vigencia para ser tratada por el Congreso hasta el 30/10. Si quieres conocer los detalles, puedes pinchar aquí.

¿Tienes una sociedad o empresa? Habrá cambios penales importantes

El 23 de diciembre de 2010 entrará en vigor la reforma del Código Penal prevista en la Ley Orgánica 5/2010.

Habrá varios cambios penales para las sociedades y organizaciones empresariales. En efecto, esta ley reconocerá más responsabilidad penal para las personas jurídicas.

El objetivo es poner penas imponibles a las personas jurídicas como la multa por cuotas y proporcional y la inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas o para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la seguridad social en caso de que la empresa incurra en delitos.

La responsabilidad penal de una persona jurídica llevará consigo su responsabilidad civil en los términos establecidos en el artículo 110 de forma solidaria con las personas físicas que fueren condenadas por los mismos hechos.

Otra novedad es que si una empresa comete algún delito, aunque sea disuelta o cambie su composición, seguirá ligada a cumplir la condena (sea multa, inhabilitación o algo más grave, como prisión).

“La transformación, fusión, absorción o escisión de una persona jurídica no extingue su responsabilidad penal, que se trasladará a la entidad o entidades en que se transforme, quede fusionada o absorbida y se extenderá a la entidad o entidades que resulten de la escisión”, señala la norma.

Un agregado interesante es que, por ejemplo, habrá pago fraccionado de una multa impuesta a una persona jurídica, durante un período de hasta cinco años, “cuando su cuantía ponga probadamente en peligro la supervivencia de aquélla o el mantenimiento de los puestos de trabajo existentes en la misma, o cuando lo aconseje el interés general”, indica la ley.

También se endurecen las penas para los extranjeros que residan ilegalmente en España y sean condenados por algún tipo de delito. En efecto, la norma establece que el condenado por podrá pisar suelo español por un período de cinco a diez años.

En otro orden de cosas, se establece también penas más duras para los delitos de estafas informáticas, sobre todo si es cometido por una empresa (la multa se triplicará a quintuplicará).

También se impondrán multas más graves (y prisión) para quienes violen la propiedad intelectual y los derechos de marca de un producto, servicio o actividades. De esto hablaremos en otra oportunidad.

¿Es momento de comprar un auto?

Pues sí y no. Te damos algunos datos para que evalúes, según tus propias finanzas personales, si puedes adquirir un coche o es mejor esperar.

Tienes un coche relativamente nuevo (5 a 6 años de uso). Nuestra recomendación es que no lo cambies. El plan 2000E ha finalizado y los coches se han encarecido entre 400 y 500 euros.

En efecto, la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor (Ganvam) asegura que la venta de coches ha disminuido principalmente por el fin de este plan y por la subida del IVA hasta el 18%.

No obstante, si por alguna razón (laboral, por ejemplo) necesitas comprar un coche, ten en cuenta algunas alternativas.

Comprar en Navarra (si eres residente): el plan Renove Auto seguirá hasta diciembre, según la agencia Europa Press. La ayuda de este plan es de 1.200 euros para vehículos que emitan menos de 161 gramos de CO2 por kilómetro y de 1.800 euros para aquellos con emisiones inferiores a 101 gramos. En concreto, Navarra aportará 600 y 1.200 euros, respectivamente, y los concesionarios contribuirán con otros 600 euros.

Comprar en Galicia (si eres residente): Peugeot lanzó un descuento para Galicia con el plan Re-móvete. La automotriz multiplica por cuatro las ayudas garantizadas por la Xunta de Galicia, dentro el plan de la comunidad. Los clientes gallegos pueden acceder a un Peugeot 207 desde 9.300 € o un Peugeot 308 desde 12.800 €, por ejemplo.

Adquirir un coche eléctrico: es parte del plan Movele. Son ayudas de 15 a 20% respecto del precio del vehículo (híbrido puro o enchufable), que puedes ver en este catálogo. La ayuda es para compra directa y para otra opción con un contrato de arrendamiento inicial del vehículo (aquí está mejor explicado).

Aprovechar los descuentos de verano. Otras empresas, como Citröen y Ford, lanzaron descuentos para coches nuevos que durarán hasta fin de agosto.

Si tienes dudas sobre obtención de un crédito para adquirir un coche o quieres asesorarte sobre los impuestos que deberás pagar, contacta a uno de nuestros asesores fiscales.

Prestación por desempleo: cuándo pueden darte la baja

Se conoció que el ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, retiró 237.000 prestaciones a parados que rechazaron ofertas de empleo. La noticia, que causó impacto, está dentro de la normativa legal, que prevé suspender el cobro del paro por rechazar una oferta laboral adecuada o no asistir a cursos formativos, entre otros puntos.

Aquí te dejamos otros ítems que debes tener en cuenta si cobras el paro y pretendes mantener esa prestación.

● Verifica el plazo de la prestación: si transcurrió el tiempo estipulado (180 días en los que recibes 426 euros). Hay otros programas para desempleados, pero debes cumplir los requisitos.

● Revisa los trámites en Red Trabaja si empiezas a cotizar como autónomo: si decides emprender un trabajo por cuenta propia puedes capitalizar la prestación. En caso de que firmes un contrato de trabajo fijo discontinuo deberás dejar de percibir el paro.

● Chequea el pasaporte: si viajas al extranjero para trabajar por menos de seis meses, te suspenderán temporalmente la prestación. Si decides quedarte más de seis meses fuera de España, directamente se terminará la prestación.

● Revisa los requisitos sobre jubilación e invalidez: no podras cobrar el paro si cumples con la edad mínima para acceder a la pensión de jubilación. Si cobras una prestación por invalidez, esta es incompatible con la de desempleo (la del paro sustituye la otra).

● Asiste a cursos y a entrevistas laborales: es el caso que mencionamos al inicio de esta nota: si te sancionan por no asistir a cursos formativos, te pueden suspender temporalmente la prestación. Ahora, si tienes tres o cuatro sanciones, te quitarán la prestación.

● Otras cuestiones a tener en cuenta: si te condenan por un delito y vas a prisión, pierdes la prestación. Si comienzas a cobrar la baja médica, igual.

Ante cualquier duda, consulta con nuestros asesores legales.

¿El Estado te debe dinero? Te asesoramos sobre los contratos

Si eres contratista, tienes una empresa y haces trabajos o servicios para tu cliente estatal, podrás percibir una indemnización.

Según la ley 30/2007, que especifica los contratos con el sector público, si el ente estatal se demora en abonarte lo estipulado, deberá repararte con el 10% del coste de tu inversión, según un artículo del diario ABC.

Esta ley, que puedes consultar aquí, regula los pagos de Contratos del Sector Público, así como las realizadas entre los contratistas principales y sus proveedores y subcontratistas.

Supongamos que una sociedad pública (como la de Alquiler) contrata tu empresa para hacer una obra, por ejemplo, construir. Tú subcontratas otra empresa especializada para proveer, en ese tiempo, determinado servicio. Si el plazo se extiende, el Estado deberá indemnizarte a ti y a la empresa subcontratada, siempre que el retraso se deba al deudor y no a tu compañía.

Según la ley, el plazo de pago que debería cumplirse es el siguiente:

a) Sesenta días después de la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios. Este plazo de pago no podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes.

b) Si el deudor recibe la factura o la solicitud de pago equivalente antes que los bienes o servicios, sesenta días después de la entrega de los bienes o de la prestación de los servicios.

“Cuando el deudor incurra en mora, el acreedor tendrá derecho a reclamar al deudor una indemnización por todos los costes de cobro debidamente acreditados que haya sufrido a causa de la mora de éste. En la determinación de estos costes de cobro se aplicarán los principios de transparencia y proporcionalidad respecto a la deuda principal. La indemnización no podrá superar, en ningún caso, el 15 por ciento de la cuantía de la deuda, excepto en los casos en que la deuda no supere los 30.000 euros en los que el límite de la indemnización estará constituido por el importe de la deuda de que se trate”, señala la normativa.

Si tienes dudas sobre algún contrato que hayas firmado con alguna sociedad estatal, puedes recurrir a nuestros asesores.

Consigue crédito para tu pyme con una SGR

Con la crisis, muchos bancos han ajustado las condiciones para otorgar créditos y préstamos a pequeñas y medianas empresas.

Si tienes una pyme y no te dan crédito o ni siquiera puedes renovar líneas de préstamo que ya tenías, puedes buscar otra alternativa.

Te hablaremos de las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR). Se trata de entidades financieras sin ánimo de lucro, supervisadas por el Banco de España.

Funcionan de esta forma: tienen algunos socios, como cajas de ahorro, cámaras de comercio, que proveen los fondos principales.

En el país hay 22 SGR y están agrupadas en la Confederación Española de Garantía Recíproca (CESGAR), que funciona como entidad coordinadora (CESGAR).

¿Para qué una SGR?

A través de ellas puedes obtener financiamiento que, por ejemplo, un banco no te otorga porque no cumples con los requisitos sobre garantías.

Algunas SGR hacen convenios con entidades de crédito. Eso permite a los socios de las SGR conseguir mejores condiciones de crédito, mejores plazos.

Las SGR están reguladas por una ley de 1994 y bajo la tutela del Banco de España.

¿Cómo pido financiamiento a una SGR?

Primero debes elegir una. Están divididas por sectores y comunidades (ejemplo, la SGR de Cataluña); opta por una que sea adecuada a la pyme que representas.

Luego, deberás presentar a la SGR la documentación y plantear para qué necesitas un crédito o aval. La SGR hará el análisis de viabilidad del proyecto. “La pyme debe ser admitida como socio partícipe y suscribir capital (al menos una acción) en proporción a los avales solicitados”, señalan en CESGAR.

Para la presentación de documentación y demás puedes buscar asesoramiento con expertos de MAP.

Entre tanto, aquí te dejamos una lista de las SGR autorizadas.

Empleos para discapacitados

Las personas con alguna discapacidad psíquica o física tendrán un turno diferenciado en la Oferta de Empleo Público de la administración general española.

Ayer se conoció esta oferta, que puedes consultar en tu ayuntamiento y, por primera vez, las personas con alguna incapacidad intelectual tendrán una oportunidad de acceder a un empleo público.

Aprovechamos esta noticia para contarte otros lugares donde puedes acudir para buscar trabajo, en caso de que estés en paro y tengas alguna discapacidad motriz o psíquica.

Antes, te contamos el marco jurídico que protege a los discapacitados: la ley 13/1982, de Integración Social de los Minusválidos (LISMI), más la ley 51/2003, de igualdad de oportunidades, accesibilidad universal de las personas con discapacidad (LIONDAU). Entre otros puntos, reservan un cupo de trabajo en empresas con fines productivos de más de 50 trabajadores.

Varias asociaciones ayudan a los discapacitados a encontrar empleo (foto gentileza Daquella manera)

Varias asociaciones ayudan a los discapacitados a encontrar empleo (foto gentileza Daquella manera)

Si tienes alguna discapacidad puedes acudir a los Centros Especiales de Empleo o bien asesorarte con alguna ONG como Discapnet.

La Fundación ONCE, por citar otra, se ocupa de ayudarte a encontrar trabajo y genera acuerdos con empresas.

Algo similar hace la Fundación Konecta. Y también puedes consultar este blog.

Si quieres saber más sobre tus derechos laborales como discapacitado, contáctate con MAP & Asociados para que te asesoremos.

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