Prevención de riesgos laborales para pequeñas empresas
Uno de los ítems más caros para un empresario pequeño es cargar con los costes de, por ejemplo, un accidente laboral. En este sentido, los empresarios están obligados a cumplir distintas normativas respecto de la seguridad, higiene y prevención de riesgos en el lugar de trabajo, como indica la ley 31/1995.
Algunos comercios y microempresas, por ejemplo una tintorería, deben además cumplimentar aspectos de seguridad de sus empleados: por ejemplo, en la manipulación de agentes químicos.
Para hacer una evaluación sencilla de tu PYME y saber en qué situación te encuentras respecto de los riesgos laborales, puedes probar Evalua-T, una herramienta online para cumplir tus obligaciones en materia preventiva (excepto la vigilacia de la salud).
Esta herramienta es gratuita y está pensada para empresas con menos de 10 empleados. Tú mismo harás una evaluación de riesgos asociados a tu negocio.
En la herramienta se enseña a detectar los riesgos, armar un plan preventivo e identificar las líneas de acción respecto de qué hacer ante un accidente.
Si quieres leer más sobre seguridad en el trabajo, puedes recorrer la web de la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo.
El Impuesto a la Renta de No Residentes: paga menos
Se trata de una opción legal dirigida a personas físicas que residen en España y que fueron desplazados de otro lugar a este territorio. Entonces, son trabajadores que:
-Tienen contrato de trabajo
-Son residentes recientes, en los últimos diez años no han estado en España
Este sistema, reglamentado en el artículo 93 de la ley 35/2006, está previsto para ordenar fiscalmente la situación de impatriados, sobre todo, de la obra de mano calificada o profesionalizada.
Los impatriados pueden pagar el Impuesto a la Renta de no Residentes (INRN), un tipo menor que el IRPF. Para la renta física, debes pagar por un tipo máximo del 43%, mientras que en el IRNR se aplica un tipo fijo del 24% sólo para la renta obtenida en España.
Si quieres conocer más sobre este impuesto, puedes consultar la página de la AEAT.
Deducciones de IRPF según cada región
¿Sabías que además la deducción por maternidad y el cobro del paro hay otras maneras de recuperar parte de lo que pagas como impuesto?
Sí, en efecto, cuando pagas IRPF puedes deducir varios ítems, no sólo, por ejemplo, la indemnización por despido por un ERE.
En Aragón, por ejemplo, puedes descontar 600 euros del IRPF si tramitas la adopción internacional o si efectúas una donación a una entidad ecológica (en este caso, se descuenta 15% de lo que pagas como base imponible).
En Asturias te deducen 300 euros si constituyes una familia monoparental. En Islas Baleares tienes una deducción de hasta 1500 euros por gastos de determinados estudios cursados por descendientes menores de 25 años fuera de la isla de residencia.
Cataluña descuenta del pago de tu IRPF entre 150 y 300 euros a los contribuyentes que quedan viudos. Galicia te deduce hasta un 30% de lo que deberías abonar si instalas Internet en tu hogar.
Te recomendamos indagar bien en tu ayuntamiento para conocer todos los beneficios fiscales que puedes obtener en tu localidad.
No trabajo ni cotizo, ¿podré tener pensión?
Si se acerca la edad para jubilarte o retirarte de la vida activa, pero no has cotizado ni alcanzas los requisitos, debes leer esta nota.
La Seguridad Social prevé dos prestaciones básicas: las contributivas (para quienes cotizan) y las no contributivas (para los que no les alcanza la cotización o no han podido hacerlo). Esta incluye una prestación médica, farmacéutica y complementaria.
Si no cotizo ni trabajo, ¿qué me corresponde?
En este caso, puedes acceder a una pensión no contributiva. Tu renta debe ser menos de 4598 euros anuales. Varias de estas prestaciones son incompatibles entre sí y con el resto las ayudas asistenciales (por ejemplo, la prestación del paro).
Hay varias pensiones no contributivas: por ejemplo, la de orfandad, la de invalidez. En este último caso la pueden solicitar los menores de 65 años que tienen una discapacidad de al menos 65%, entre otras condiciones.
Existe también la pensión de jubilación no contributiva: es el caso de los mayores de 65 que no alcanzan los mínimos de cotización. Tanto esta pensión como las otras se calculan en función de la renta personal o de la unidad de convivencia. El máximo de la prestación es 328 euros, salvo casos de discapacidad casi total.
Aquí puedes leer un poco más.
El asunto es complejo. Si quieres puedes contactarte con nosotros y te asesoraremos.
Jubilación y pensión para amas de casa
El trabajo de las amas de casa ha sido reconocido, por algunas comunidades autónomas, como un empleo propio, que debe tener su contraprestación en dinero.
Es el colectivo de oficio más numeroso del país. En algunos casos, como Valencia, las amas de casa pueden suscribirse de forma voluntaria: deben tener 65 años como mínimo, entre otras condiciones, como asociarse a la Federación de Amas de Casa y Consumidores de la Comunidad Valenciana.
Así, las valencianas reciben entre 30 euros mínimo al mes y 8.000 euros por haber cumplido tareas de hogar.
La Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (CEACCU) ha pedido, en más de una oportunidad, que el Estado contemple a este colectivo importante y se vea la posibilidad de otorgar una jubilación a quien ha trabajado en su hogar.
Por el momento, no hay política de estado general en España que permita a un ama de casa cobrar una jubilación. La opción es, a los 60 años, si no has cotizado, una pensión de invalidez no contributiva, pero debes cumplir los requisitos de renta (menos de 4598 euros al año) y tener un grado de minusvalía que te impida haber efectuado un trabajo.
Ante cualquier duda, consulta con nuestros expertos.


